| INFORMATIVO ELECTORAL Nª 1 Con la publicación de la CONVOCATORIA A ELECCIONES DE DIRECTIVA para el periodo 2010 – 20012, según lo resuelto por la Directiva del CIMEPI en su sesión del 7 de Diciembre de 2009, se inicia el Proceso Electoral que culminará el día de recepción de votos. Sírvase consultar el primer Informativo Electoral: 1.Tienen derecho a elegir y ser elegidos los SOCIOS ACTIVOS del CIMEPI. Los Estatutos del CIMEPI definen como Socio Activo a los Ingenieros Mecánicos legalmente inscritos, que cumplen con sus obligaciones y que se encuentran al día en el pago de sus cuotas. Para su información publicamos el PADRON ELECTORAL PROVISIONAL, a la fecha. El Reglamento Electoral señala que los socios que no aparecen en el Padrón, por cuotas atrasadas, podrán cancelarlas y de inmediato ejercer su derecho a elegir y ser elegido. ESTATUTOS DEL CIMEPI: Art. 7.- Para afiliarse al Colegio en calidad de socio activo se requiere: a) Poseer legalmente el título académico de Ingeniero Mecánico y sus especialidades, de grado terminal académico de tercer nivel conferido por Universidades, Escuelas Politécnicas y demás Instituciones de Enseñanza Superior del País reconocidas por la Ley de Educación Superior, y que cuenten con el Certificado de Registro del Titulo otorgado por el CONESUP o los que hayan revalidado e inscrito en el Ecuador sus respectivos títulos de Ingenieros obtenidos en el exterior, de conformidad con lo que dispone la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería y la Ley de Educación Superior; b) Aprobación por parte del Directorio del Colegio, basado en el cumplimiento total de los requisitos establecidos por el Directorio del CIMEPI. Art. 11.- Son deberes de los socios activos: a) Cumplir y hacer cumplir La Ley y el Estatuto; b) Actualizar sus datos personales, cada vez que se genere una modificación, incluyendo la dirección electrónica; c) Pagar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias fijadas por la Asamblea General y por el Directorio dentro de los plazos señalados para este efecto; d) Desempeñar fielmente los cargos directivos, para los cuales fueren elegidos o nombrados, y cumplir las comisiones dispuestas por el Directorio y la Asamblea General. REGLAMENTO ELECTORAL: Art. 2 Requisitos generales para los electores.- De conformidad con lo que dispone la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería, están en capacidad de elegir y ser elegidos, todos los socios del Colegio que estén legalmente inscritos, en ejercicio de sus derechos y que cumplan con lo establecido en los instrumentos legales mencionados en el Art. 1. Los socios que no aparecen en el Padrón Electoral, por cuotas atrasadas, podrán cancelarlas y de inmediato ejercer su derecho al voto. CLICK PARA VER PADRÓN ELECTORAL
|